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La norma general es que en suelo rústico no se puede edificar salvo que esté relacionado con la explotación del terreno, como por ejemplo un pequeño almacén para guardar las herramientas o utensilios. De todas formas, los planes urbanísticos encargados de establecer las condiciones y características de las construcciones en estos terrenos varían en cada comunidad.
Comprar un terreno rústico puede ser muy seductor, pero hay que saber de antemano que no todas las edificaciones van a ser posibles. La norma general dice que la construcción en suelo rústico está prohibida. Sin embargo, hay excepciones. Un claro ejemplo lo vemos en Andalucía, donde la nueva Ley del Impulso para la Sostenibilidad del Territorio permite, por primera vez, construir viviendas en este tipo de suelo.
Nuestro gran consejo es que, si se quiere construir en suelo rústico, lo primero a hacer es consultar la normativa, tanto la local, como la autonómica y la estatal. En algunos casos, la ley correspondiente al municipio o comunidad permite ciertas licencias. Siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.
Hay varios criterios a la hora de permitir o no estas construcciones. En ocasiones, estarán relacionados con la ubicación del terreno y, en otras, serán aspectos más ambientales. Pero, recuerda, antes de soñar con cualquier proyecto de construcción en suelo rústico analiza bien toda esta información.
Y es que, en general, la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana permite que sea cada Comunidad Autónoma la que mande sobre sus terrenos. Dice esta misma ley que, en suelo rural, las facultades del derecho de propiedad incluyen las de usar, disfrutar y disponer de los terrenos siempre dedicándose a la ordenación territorial y urbanística.
Sus usos estarán relacionados y vinculados, por lo tanto, con el sector agrícola, ganadero, forestal, cinegético o con los recursos naturales. Y si existen construcciones en ese terreno, también. Lo más habitual es que, de construirse, la edificación sea imprescindible para la actividad que se realiza en el suelo.
Es decir, construcciones destinadas al aprovechamiento, cuidado, conservación de los recursos o ligadas con la explotación del terreno. Por ejemplo, una pequeña casa para guardar los utensilios necesarios para explotar agrícolamente el terreno.
Para evitarte sorpresas de última hora con este tipo de suelos, lo más recomendable es contar con el buen hacer y expertise de asset managers como Servihabitat que, además, tienen a tu disposición una amplia oferta de terrenos rústicos donde hacer posible tu proyecto.
Terrenos3 de noviembre de 2023
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La norma general es que en suelo rústico no se puede edificar salvo que esté relacionado con la explotación del terreno, como por ejemplo un pequeño almacén para guardar las herramientas o utensilios. De todas formas, los planes urbanísticos encargados de establecer las condiciones y características de las construcciones en estos terrenos varían en cada comunidad.
Comprar un terreno rústico puede ser muy seductor, pero hay que saber de antemano que no todas las edificaciones van a ser posibles. La norma general dice que la construcción en suelo rústico está prohibida. Sin embargo, hay excepciones. Un claro ejemplo lo vemos en Andalucía, donde la nueva Ley del Impulso para la Sostenibilidad del Territorio permite, por primera vez, construir viviendas en este tipo de suelo.
Nuestro gran consejo es que, si se quiere construir en suelo rústico, lo primero a hacer es consultar la normativa, tanto la local, como la autonómica y la estatal. En algunos casos, la ley correspondiente al municipio o comunidad permite ciertas licencias. Siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.
Hay varios criterios a la hora de permitir o no estas construcciones. En ocasiones, estarán relacionados con la ubicación del terreno y, en otras, serán aspectos más ambientales. Pero, recuerda, antes de soñar con cualquier proyecto de construcción en suelo rústico analiza bien toda esta información.
Y es que, en general, la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana permite que sea cada Comunidad Autónoma la que mande sobre sus terrenos. Dice esta misma ley que, en suelo rural, las facultades del derecho de propiedad incluyen las de usar, disfrutar y disponer de los terrenos siempre dedicándose a la ordenación territorial y urbanística.
Sus usos estarán relacionados y vinculados, por lo tanto, con el sector agrícola, ganadero, forestal, cinegético o con los recursos naturales. Y si existen construcciones en ese terreno, también. Lo más habitual es que, de construirse, la edificación sea imprescindible para la actividad que se realiza en el suelo.
Es decir, construcciones destinadas al aprovechamiento, cuidado, conservación de los recursos o ligadas con la explotación del terreno. Por ejemplo, una pequeña casa para guardar los utensilios necesarios para explotar agrícolamente el terreno.
Para evitarte sorpresas de última hora con este tipo de suelos, lo más recomendable es contar con el buen hacer y expertise de asset managers como Servihabitat que, además, tienen a tu disposición una amplia oferta de terrenos rústicos donde hacer posible tu proyecto.
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